La Junta de Extremadura, gobernada por el PSOE al igual que Andalucía mientras que en Castilla y León gobierna el PP, considera, básicamente, que ambas reformas vulneran el artículo 149.1.22 de la Constitución Española que dice:
"La legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una Comunidad Autónoma, y la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra Comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial."
El artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que es el que nos interesa, dice:
"Artículo 51. Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir. "
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22.ª de la Constitución."
Y el artículo 75.1 del Estatuto de Autonomía para Castilla y León:
"Dada la relevancia que la Cuenca del Duero tiene como elemento configurador del territorio de Castilla y León, la Comunidad Autónoma asumirá competencias de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de las aguas de la cuenca del Duero que tengan su nacimiento en Castilla y León y deriven a Portugal sin atravesar ninguna otra Comunidad Autónoma."
La Junta de Extremadura ve afectados sus derechos sobre el agua que, en mayor o menor medida, transcurre por su comunidad y reclama legítimamente su restitución al Estado.
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