Se ha creado un auténtico conflicto con el asunto de la no inclusión en la paga extraordinaria del CPI, desde todos los sitios se critica a RRHH, y muy particularmente al Jefe de Servicio José Antonio Cubero, por no haberlo incluido, y aún no siendo este santo de mi devoción, en este caso creo que es tan injusta como injustificada la crítica.
Es necesario hacer un repaso muy breve de lo acontecido con el CPI para justificar mi postura. La sorpresiva publicación del RD 1486/2011 y la necesidad de pagar la nómina del mes de noviembre en un plazo prudencial, hizo que los compañeros de RRHH se hubieran de multiplicar en la tarea, y de ese modo se pagó en su fecha habitual. Para no tener quebranto económico, se abonó la diferencia entre lo que habíamos cobrado el mes de octubre en la Junta de Andalucía con lo que resultaba en el Estado con un complemento al que llamaron CPI, el cual se explicó que era a “regularizar” en cuanto se aprobase la RPT definitiva.
Esta situación se ha mantenido durante estos 8 meses y el importe, aún con el importante número de fallos que contiene, ha permanecido invariable a pesar de las variaciones que se han ido introduciendo en los borradores.
En primer lugar hay un dato fundamental, el CPI que se percibe en la actualidad se corresponde con el cálculo inicial, es decir, de un mes, por lo que hubiese sido razonable que en las pagas extras este importe también se viese incorporado, pero no podía ser así, porque entre otros motivos, ni la CHG conocía que percibiésemos determinados complementos en las pagas extraordinarias (se acreditó después con un certificado de la Junta) y porque ahora ya está medio definido el complemento, y en él se indica que se percibe en doce mensualidades (no en 14).
El cálculo del CPI parece definido, tanto USO como UGT han realizado un simulador de cálculo del CPI, el primero lo he probado y resulta bastante bueno el cálculo, se suman los importes anuales de todos los conceptos de la Junta, se le restan los del Estado y se divide entre doce. Eso significa que, una vez se esté aplicando correctamente, cobraremos mensualmente más que en la Junta, pero en las extras cobraremos menos, justo lo que nos hayan dado de más antes.
Decía que no hay motivo para tanto alboroto, el importe del CPI es a regularizar, por lo que cuando aprueben la RPT se hará la cuenta y se deberán de abonar las diferencias existentes, que ya las hay, si a alguien le están pagando 100 € mensuales porque el cálculo inicial así lo exigía y ahora tiene propuesto un CPI (incluyendo antigüedad) de 3600 €, la cuenta es clara, le deberán 200 € por cada mes trascurrido ya que en el cálculo actual YA VAN INCLUÍDAS LAS PAGAS EXTRAS.
La situación es de chiste, hay personas que han pasado de un CPI inicial de 0 € a un CPI de 3000 € al año, prácticamente todos hemos visto en el borrador de la RPT el CPI aumentado de las cuentas iniciales, y nadie ha preguntado el por qué no se actualiza al momento, y ahora vienen los voceros afirmando que son recortes del sueldo, consiguiendo alarmar y quemar más a los trabajadores por unos intereses nada claros de quien inicia, mantiene y propaga la mentira.
Insisto, al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios, el CPI que ahora se baraja es en 12 mensualidades, se podría pagar en 14, pero el importe anual es el mismo, si es en 12 es más dinero al mes y si es en 14 son mas plazos, pero el dinero es el mismo, NO HAY NI RECORTES NI TRAMPAS en este asunto.