Será a consecuencia de un golpe de calor, pero las mentes pensantes de la Junta de Andalucía y el Estado que están enfrascadas en buscar una solución al problema que ellos mismos han creado, se pueden estar haciendo planteamientos absolutamente contrarios a la Sentencia del Tribunal Constitucional y, en consecuencia, a la propia Constitución y a la normativa española y europea vigente, ¿qué esperan? ¿jugar con nuevos plazos judiciales?, ¿dictar una nueva norma ilegal y esperar un par de años hasta que los Tribunales las vuelvan a tumbar?¿serán capaces de dejar esta herencia a los próximos gobernantes?.
Como venimos diciendo sistemáticamente, el plazo que el Estado y la Junta (el responsable principal de la ejecución es el Estado ya que fue este el que promulgó la norma y transfirió sus bienes y obligaciones) tienen para ejecutar las Sentencias del Tribunal Supremo de forma voluntaria es, a lo sumo, el 25 de agosto, aunque creemos que es el 15. Después, con rotunda seguridad, se pedirá la ejecución forzosa.
La Encomienda de Gestión finaliza el día 6 de octubre, ¿qué va a ocurrir?
Es previsible que el Estado y la Junta agotarán la Encomienda de Gestión, pero después de esto ya no tienen argumentos para maniobrar, la Encomienda no debería de ser prorrogada ya que, de hacerlo, estarán actuando contrariamente a lo exigido por el Tribunal Supremo, DESACATANDO al mismo, lo cual, es un delito, y saben perfectamente que habrá quien lo denuncie.
La Encomienda está basada en el RD 1666/2008, de 17 de octubre, el que ha sido declarado NULO ya que este transfería los medios a la Junta de Andalucía, por lo tanto, una prórroga no tiene cabida ya que el argumento inicial estaría viciado de nulidad, para una nueva Encomienda se debe de buscar una base, y la carencia de medios por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (Estado) no es utilizable, el Estado aún no dispone de los medios porque él mismo no ha ejecutado las Sentencias que le obligan (uso torticero de la Ley), es una burla a la Justicia que esta no permite sin ejemplar sanción, y no sería la primera vez que la Justicia ha condenado directamente al sujeto responsable (persona física) evitando las retorcidas estructuras Administrativas que se pasan la pelota de uno a otro sin ejecutar una Sentencia, detrás de cada Departamento, Sección o simplemente acto, hay un responsable, va en el sueldo.
Pero en esta situación, debemos de avanzar más allá, ¿en qué estarán pensando?
Vamos a jugar a imaginar. Imaginaros que los de la comisión bilateral o la Comisión de Expertos se estuviesen planteando repartir el Guadalquivir, es decir, parecido a lo hecho con el RD 1666/2008 pero a la inversa en proporción, en lugar de dejar al Estado 4 presas del Guadalquivir (Fresneda, Montoro, Jándula y Pintado), ahora hacemos una Encomienda de Gestión y le entregamos a la Junta la gestión de 5, 6 o 10. En principio, cualquiera en su sano juicio pensaría que es tan ilegal como el RD 1666/2008 y que, nuevamente, el Tribunal Supremo lo tumbaría, quizás en esta ocasión incluso tardasen menos en dictar sentencia, quizás incluso fuesen mucho más duros responsabilizado gravemente a los responsables, pero habrían ganado tiempo.
Esta solución, que no es descabellada, podría chocar con que el Supremo, evidentemente mosqueado, podría dictar la suspensión cautelar de cualquier norma que fuese en este sentido, sentido contrario a sus Sentencias y no les debe de albergar ninguna duda de que habrá asociaciones y particulares dispuestos a recurrir sus disposiciones.
Claro, los que piensan esto tienen que tener un antecedente donde agarrarse y poderlo vender a los firmantes o a la ciudadanía, si no se les cae. Ese antecedente existe, el “REAL DECRETO 1560/2005, de 23 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las cuencas andaluzas vertientes al litoral atlántico (Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir y del Guadiana)”, publicado en el BOE del 24 de diciembre de 2005 (ver DOCUMENTO). En virtud de ese Real Decreto se transfirieron las Cuencas del Guadalete, Barbate, Tinto, Odiel y Piedras y se Encomienda la Gestión del Chanza.
El río Chanza y su Cuenca pertenecen al Guadiana, río supracomunitario, por lo que no podía ser transferido, nadie denunció esta Encomienda “plurianual”, el Ministerio de Política Territorial decía en una nota de prensa del 9 de junio de 2005 sobre el acuerdo para esas transferencias: “comporta el traspaso de 266 efectivos de personal y su coste efectivo neto es de 43.202.220,00 euros, así como 49,6 millones de euros por encomienda de gestión en la Cuenca del Chanza mediante un convenio de colaboración plurianual” (ver NOTA DE PRENSA), por este motivo se establece el RD 1560/2005, “Permanecen en la Administración del Estado, y siguen siendo de su competencia:…….En el ámbito territorial de las cuencas hidrográficas andaluzas vertientes a las aguas de transición del tramo internacional del río Guadiana hasta su desembocadura en el Atlántico, la concesión de recursos hidráulicos, las autorizaciones de vertido a cauces públicos y las relativas al uso o aprovechamiento del dominio público hidráulico, la resolución de los actos relativos a la policía de aguas y cauces así como la aplicación del régimen sancionador en materia de aguas”.
Ya digo, esta Encomienda está en vigor, si les valió para una presa del Guadiana, ¿por qué no pueden intentarlo ahora con otras presas del Guadalquivir?
Por lo tanto, es de suponer que el 7 de octubre podremos volver al Estado, aunque no sé si todos, insisto, el Estado y la Junta pueden estar enredados en una solución de cambio de cromos para salir airosos políticamente provocando una división en la Unidad de Cuenca, división que sería contraria a la Constitución Española y a la normativa europea. Si seguimos jugando a imaginar, la presa de San Rafael de Navallana en Córdoba (que es de la Junta) sería una de las principales candidatas a ser “encomendada”.
Para acabar, al fin aparece en buen formato la Sentencia del Tribunal Supremo ante el Recurso interpuesto por un Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (ver DOCUMENTO) la cual integramos con el resto de DOCUMENTOS (a la derecha de la página)
4 comentarios:
pero bueno que marraneria es esa,de que quepa la posiblidad de que alguna presa se quede en la junta,eso no es patrimonio del estado??yo creo que si,habrá que pelear eso,digo yo,
que presas tienen mas posibilidades de quedarse en la junta,para que sigan haciendo chanchullos esta gentuza??
Hola Anónimo.
Solo son posibilidades que baraja la Junta. Lo del Patrimonio del Estado cree que ciertamente solo es un título que modifican a capricho con las transferencias cuando así interesa políticamente. No obstante, en una Encomienda de Gestión, la titularidad no cambia, solo los que gestionan esos bienes o servicios.
Sobre el resto, te indico que haremos una nueva entrada aclarando este tema porque a mucha gente le ha sorprendido esta posibilidad y está consultando por correo y telefónicamente buscando algún dato.
Un saludo
muchas gracias hombre por responder,pero entonces el personal de esas presas como les afectaria? pertenecerian a la junta o al estado? entonces lo que quieren es quedarse con los pantanos de abastecimiento de agua potable pa que nos entendamos mas o menos?
un saludo y gracias
Hola Anónimo,
Sí, básicamente es eso. El personal, si seguimos lo que han hecho con el Chanza en Huelva, pasaron a ser de la Junta y así siguen.
Un saludo
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